Dictamen 47326-2010
1.- Por Oficio de antecedentes, el Administrador Municipal de la I. Municipalidad de Lo Espejo, ha remitido la presentación que hiciera ante esa Entidad un funcionario de esa Municipalidad, reclamando el Bono Extraordinario que estableció la Ley Nº 20.360, por cuanto a la fecha de su presentación no se le había pagado.
2.- Sobre el particular, cumplo con manifestarle que en la revisión practicada por esta Superintendencia, se ha constatado que no ha sido posible incluir a la causante cónyuge , que reclama el funcionario en los procesos de otorgamiento del bono de la Ley Nº 20.360, por cuanto esa Municipalidad no ha informado el pago de la correspondiente asignación familiar del mes de abril de 2009. Por tanto, la I. Municipaluidad de Lo Espejo deberá, si procede, informar el pago de la asignación familiar del referido mes, por la cónyuge , en las nóminas que debe remitir a esta Superintendencia conforme a lo dispuesto en la Circular N° 2.531.
Por otra parte, sólo una vez que esta Superintendencia reciba los correspondientes informes de la I. Municipalidad de Lo Espejo, el funcionario y su cónyuge podrán ser considerados dentro de los próximos procesos de generación de las nóminas de pago del bono de la Ley Nº 20.360.
Título | Detalle |
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Ley 20.360 | Ley 20.360 |