Dictamen 22792-2010
1.- Por carta de antecedentes, el SERNAC de la Región Metropolitana, ha remitido su presentación reclamando por el bono extraordinario que estableció la Ley Nº 20.326, por cuanto a la fecha de su presentación no se le había pagado. Agrega que en el mes de marzo de 2009 sólo se le pago el referido bono por una de sus tres causantes.
2.- Consultado al respecto, el Instituto de Previsión Social informó que sólo tiene registros de que Ud. fue ingresada como beneficiaria de subsidio familiar al Sistema de Información (SIAGF) según resolución N° 43, el 07 de enero de 2009.
3.- Sobre el particular, cumplo con manifestarle que en la revisión practicada por esta Superintendencia, se ha constatado que su causante "A" y Ud., en su calidad de madre del menor, aparecen con reconocimiento vigente desde el 07 de enero de 2009 a la fecha, y su causante "B", desde el 01 de julio de 2008 a la fecha, verificando además que fue por este último causante por el cual percibió el pago del bono de la Ley N° 20.326 en el mes de marzo de 2009.
En conclusión, esta Superintendencia le informa que no tiene derecho a percibir el bono de la Ley Nº 20.326 por el otro causante y por Ud., dado que para ser beneficiario del referido bono debió tener a los causantes reclamados reconocidos al 31 de diciembre de 2008 y haber percibido pago de subsidio familiar por dichos causantes a la fecha indicada, lo que no ocurrió en su caso
Título | Detalle |
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Ley 20.326 | Ley 20.326 |