Dictamen 21801-2010
1.- Por oficio de antecedentes, Ud. ha recurrido a esta Superintendencia señalando que ha recibido el reclamo realizado en el SERNAC de Santiago, por la interesada, quien reclama por su derecho al Bono Extraordinario que estableció la Ley Nº 20.326, por cuanto a la fecha de su presentación no se le había pagado el bono correspondiente por su carga familiar. No obstante, no se acompaña la referida presentación.
Agrega que la interesada estuvo acogida a Subsidio de Cesantía a través de esa Caja de Compensación entre el 15 de mayo de 2008 y 17 de abril de 2009, por su causante de asignación familiar. Finalmente señala que fue informada a esta Superintendencia en las nóminas mensuales del mes de enero de 2010.
2.- Sobre el particular, en la revisión practicada por esta Superintendencia, se ha constatado que el bono de la Ley Nº 20.326 por el causante reclamado por la interesada, se encuentra disponible para su cobro en cualquier sucursal del BancoEstado, desde el 08 de abril de 2010. Cabe agregar, que el bono otorgado por la Ley Nº 20.360 por el mismo causante antes señalado, será puesto a disposición de la interesada para su cobro en las sucursales del citado Banco, a contar del 13 de abril de 2010.
Asimismo, se le instruye para que ponga en conocimiento de la interesada lo indicado en el presente oficio.
Título | Detalle |
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Ley 20.360 | Ley 20.360 |
Ley 20.326 | Ley 20.326 |