Dictamen 5668-2007
1.- Ud. recurrió a esta Superintendencia reclamando en contra de la Mutualidad, por su negativa a calificar como laboral el accidente que refiere haber sufrido, en circunstancias no precisadas, en el trayecto desde su habitación a su lugar de trabajo.
2.- Consultada al tenor de su reclamación esa Mutualidad de Empleadores envió, entre otros documentos, copia del formulario denominado "Antecedentes de Accidente de Trayecto", suscrito por Ud., donde da cuenta de un accidente ocurrido el 10 de octubre de 2006, alrededor de las 6:40 horas, en la intersección de las calles "A" con "B", comuna de Santiago, lugar donde se torció su tobillo derecho, al descender de un microbús.
Al respecto, ese Organismo expuso que si bien, en primera instancia, calificó dicho siniestro como de naturaleza común, posteriormente, fundado en los nuevos antecedentes que aportó su entidad empleadora reconsideró ese dictamen, calificándolo, en definitiva, de carácter laboral, por lo que dispuso el otorgamiento de la cobertura del Seguro Social de Riesgos Laborales.
En respaldo, acompaña copia de la Resolución N° CV/140/03/708-R, de 2006, que así lo establece y deja, por tanto, sin efecto la Resolución N° CV/140/04/651, del mismo año.
3.- Por tanto, en mérito de lo informado por la Mutualidad, se considera atendida y resuelta la situación que motivó la interposición de su reclamo ante esta Superintendencia.