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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 50103-2006

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Fecha: 12 de octubre de 2006

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Ud. ha recurrido a esta Superintendencia solicitando la revisión del cálculo del subsidio correspondiente a las licencias del período del 25 de mayo al 8 de junio de 2005, que le fuera pagado por la Unidad de Subsidios del Servicio de Salud Metropolitano Central. Luego, acudió nuevamente a esta Superintendencia para reclamar por los subsidios correspondientes a licencias médicas que le fueron otorgadas posteriormente.

Ante requerimiento de esta Superintendencia, Ud. remitió carta explicativa de su empleador, de los sucesivos aumentos en su remuneración y, con fecha 14 de febrero de 2006, adjuntó copias de las declaraciones de IVA de su empleador, del período de enero a julio de 2005, debidamente legalizadas ante notario.

Requerida al efecto, la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez remitió informe de la Unidad de Subsidios en que se señala que la situación contable de su empleador no permitiría el aumento de la remuneración de $200.000, con la que fue contratada en octubre de 2004, a $600.000 en marzo de 2005 y, luego a $850.000 en mayo de 2005, motivo por el cual se consideró en el cálculo del subsidio una remuneración imponible de $200.000. Posteriormente, la Unidad de Subsidios a requerimiento de esta Superintendencia remitió un análisis contable de la situación de su empleador durante el período de enero a mayo de 2005, reiterando lo afirmado anteriormente.

Sobre el particular, esta Superintendencia debe expresar que, vistos los argumentos entregados por la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Santiago Centro, en base a la investigación contable realizada, confirma lo obrado por la referida Subcomisión, esto es, considerar en la base de cálculo del subsidio una remuneración imponible de $200.000.

En consecuencia, esta Superintendencia considera atendida su presentación