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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 25445-2006

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Fecha: 26 de mayo de 2006

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA EMPRESA

Fuentes: Ley N° 16.744, D.S. N° 67 de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Oficios: Oficios Ordinarios N°s 43739 de 2004 y 44450, de 2005, todos de la Superintendencia de Seguridad Social


1.- Por la Carta de Antecedentes, el Representante Legal de esa Sociedad, ha expuesto que el Instituto de Normalización Previsional no le habría informado las resultas de la investigación que este Organismo le instruyó efectuar, tendiente a determinar si una persona trabajó en esa empresa.

Señala que lo anterior le perjudica, ya que los días de trabajo perdidos por el señor habrían motivado el alza de la cotización adicional diferenciada que se le fijó, lo que le parece injusto ya que dicha persona nunca habría sido su trabajador.

2.- Sobre el particular, cabe hacer presente, en primer término, que tal como se le indicó por los Ordinarios de Concordancias, el reclamo interpuesto por esa Sociedad en contra de la Resolución N°87668 de 26 de noviembre de 2003, por la cual se le fijó un recargo de la cotización adicional diferenciada, fue extemporáneo, toda vez que se formuló una vez vencidos los distintos plazos reglamentarios que se disponen para tal cometido, por lo que dicha Resolución ha quedado a firme.

En segundo término, cabe hacer presente que, por el Ordinario N°44450 de Concordancias, esta Superintendencia indicó que el tema relacionado con el supuesto vínculo de dependencia y subordinación que habría tenido don Manuel Troncoso Osorio con esa empresa, debía ser esclarecido por el Instituto de Normalización Previsional, en la órbita de sus funciones, y del resultado de ello, debía iniciar las acciones que estime pertinentes.

Por lo expuesto, si esa Sociedad cuenta con antecedentes tendientes a esclarecer los hechos, deberá aportárselos a dicho Instituto.

3.- Finalmente, si esa empresa considera que ha existido un uso indebido o malicioso de su marca, podría requerir la intervención de la justicia, querellándose contra quienes resulten responsables.