Dictamen 26451-2004
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia esa Isapre, apelando por cuanto la Compin aprobó las licencias médicas N° 11731134, reducida a 15 días, emitida inicialmente por 30 días, y rechazó las licencias N° 11889202, 11889250, 11889235 y 12001884, etendidas por 120 días, a contar del 16 de septiembre de 2004, por "Mieloma múltiple", licencias que la Isapre había rechazado por reposo excesivo no justificado.
Requerida al efecto, esa Compin informó que modificó las resoluciones de la Isapre, porque estimó justificado el reposo. Además, remitió todos los antecedentes del caso.
2.- Esta Superintendencia estudió los referidos antecedentes, y con su mérito concluyó que el reposo prescrito en las licencias ya individualizadas, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que no se acreditó incapacidad laboral durante las licencias reclamadas.
3.- En virtud de lo dispuesto en el D:S: de 1984, del Ministerio de Salud, y en ejercicio de sus facultades previstas en la Ley N° 16395, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida, y en consecuencia instruye a esa Compin para que modifique las resoluciones reclamadas, rechazando la autorización de las licencias médicas individualizadas en este Oficio
Título | Detalle |
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Ley 16.395 | Ley 16.395 |