Destinatario: COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZSERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395
Ha recurrido a esta Superintendencia un trabajador, reclamando por cuanto esa Comisión rechazó su licencia médica Nº 1871869, extendida por 30 días, a contar del 25 de diciembre de 2001, con el diagnóstico de "Tumor de íleon en estudio."
Requerida al efecto, esa COMPIN informó que rechazó la licencia en cuestión, porque no estimó justificado el reposo prescrito en la misma. Además, remitió todos los antecedentes del caso.
Esta Superintendencia estudió los referidos antecedentes, y con su mérito consideró justificado el reposo prescrito por los siguientes motivos: se acreditó incapacidad laboral durante la licencia reclamada.
En virtud de lo dispuesto en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio de sus facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida e instruye a esa COMPIN para que modifique la resolución reclamada y autorice la licencia médica individualizada en este Oficio