Dictamen 7528-2001
Ud. ha recurrido a esta Superintendencia reclamando por el rechazo de sus licencias médicas Nºs 70803, 373436 y 427033 otorgadas por un total de 90 días, a contar del 11 de noviembre de 2000, con diagnóstico de " Fibromialgia - Depresión - Ulcera gástrica ", emanado de la COMPIN del Servicio De Salud Metropolitano Sur Oriente.
Requerida al efecto, la respectiva COMPIN informó que rechazó las licencias en cuestión, porque no estimó justificado el reposo prescrito en las mismas. Además, remitió todos los antecedentes del caso.
Esta Superintendencia estudió los referidos antecedentes, y con su mérito consideró injustificado el reposo prescrito por los siguientes motivos: se considera suficiente el reposo otorgado previamente para la normal evolución de sus patologías.
En virtud de lo dispuesto en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio de sus facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia dictamina que no procede hacer lugar a la reclamación deducida y ratifica lo obrado por la COMPIN respectiva
Título | Detalle |
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Ley 16.395 | Ley 16.395 |