Dictamen 25006-2001
Esta Superintendencia informa a los Servicios de Bienestar, que se está estudiando la factibilidad de suscribir con una Compañía de Seguros, contratos de seguros de vida y de salud, razón por la cual propone a Uds. incorporar en sus Reglamentos la siguiente disposición:
"El Bienestar podrá financiar con cargo a sus propios recursos, de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias, y contratar seguros de vida para sus afiliados, seguros de salud, para solventar los gastos de salud de sus afiliados y/o cargas familiares no cubiertos por los sistemas de salud previsional, sin perjuicio de que los propios beneficiarios puedan concurrir a sufragar dichos seguros. "
De acoger lo sugerido, deberán remitir sus respectivos proyectos de modificación, incorporando la disposición precedente, como un nuevo artículo bis o como un nuevo inciso, dentro de un artículo cuya materia sea compatible