Dictamen 9490-1992
Por Oficio Nº 555, de 21 de enero de 1992, esta Superintendencia instruyó a esa C.C.A.F. que explicara las razones por las que el reintegro al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía de la suma de $697.445, a que se hace referencia en dicho oficio, se haya efectuado sólo después de 6 meses de que el cheque respectivo fuera emitido y no cobrado.
Mediante Oficio Nº 40 de 1992, esa Caja expresó que obró de tal manera porque no existirían instrucciones de este Organismo al respecto y, además, teniendo en consideración que las empresas afiliadas se toman un tiempo en retirar este tipo de documentos.
Sobre el particular, esta Superintendencia hace presente que el punto siete de la Circular Nº 1158, de 28 de febrero de 1990, se instruyó que la información financiera del Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía debe remitirse mensualmente con un desface máximo de 15 días respecto del mes que informa, en el formulario que para tal efecto se adjunta, haciendo presente especialmente que dicho formulario era el mismo de años anteriores al que se le agregaron en la letra B "EGRESOS" los ítem "CHEQUES CADUCADOS" y "CHEQUES REVALIDADOS" a fin de tener una información completa del movimiento del Fondo.
Ahora bien, de la vista de dicho formulario se advierte que el valor de los cheques caducados se debe descontar de la información financiera del mes en que se produce la caducidad, puesto que eso se entiende del signo menos que aparece al lado de dicho ítem.
De lo expuesto, se observa que existían instrucciones específicas de esta Superintendencia respecto de la materia y conforme a ella debió actuar dicha entidad previsional.
Finalmente, se hace presente que para el presente año las instrucciones se impartieron mediante Circular Nº 1250, de 20 de abril de 1992, cuyo punto 8 se refiere a la información financiera que debe remitirse en el formulario preparado por este Organismo para tal efecto, cuyo modelo se adjunta con el respectivo instructivo para llenarlo. El punto 9 de dicho instructivo trata sobre el ítem "Cheques caducados" señalando que se deben descontar de la información financiera del mes durante el cual se produce tal caducidad.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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19/02/1996 | Circular 1471 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES A INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR Y PRESUPUESTOS DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1996. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 194, de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/02/1995 | Circular 1402 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA DA INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PROVISIONAL, CAJAS DE PREVISIÓN Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LOS PRESUPUESTOS DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y DEL SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1995 | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 158, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
10/02/1994 | Circular 1331 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL; CAJAS DE PREVISIÓN Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LOS PRESUPUESTOS DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y DEL SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1994. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 117, de 1993, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, |
26/02/1993 | Circular 1293 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA . IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, CAJAS DE PREVISIÓN Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LOS PRESUPUESTOS DEL, SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y DEL SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1993. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 132, de 1992, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
20/04/1992 | Circular 1250 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, CAJAS DE PREVISIÓN Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LOS PRESUPUESTOS DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y DEL SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1992. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; DS. N° 62, de 1991, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
28/02/1990 | Circular 1158 | Asignación familiar | FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, CAJAS DE PREVISIÓN Y C.C.A.F. SOBRE EL PRESUPUESTO DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y EL SUBSIDIO DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DE 1990. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 136, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |