Dictamen 5372-1991
Un Sindicato de Trabajadores se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando información acerca del cumplimiento por parte de la referida empresa, entre otras, de las disposiciones de la Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Al respecto, cabe señalar que el Departamento de Inspección de este Organismo, luego de efectuar las indagaciones del caso, informó que la empresa empleadora afiliada a esa Asociación, registraba cotizaciones de la Ley Nº16.744 declaradas y no pagadas, durante los meses de diciembre de 1990; enero, febrero y marzo de 1991.
Sobre el particular, esta Superintendencia instruye a esa Asociación a fin de que adopte las medidas que estime pertinentes tendientes a obtener el pago de las cotizaciones adeudadas por la aludida empresa, sin perjuicio de otorgar a sus trabajadores las prestaciones que correspondan, de conformidad al artículo 56 de la Ley Nº16.744.
Título | Detalle |
---|---|
Ley 16.744 | Ley 16.744 |
Artículo 56 | Ley 16.744, artículo 56 |