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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 8134-1989

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Fecha: 16 de octubre de 1989

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

Fuentes: D.S. Nº 180, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Ese Servicio de Bienestar ha solicitado a esta Superintendencia un pronunciamiento acerca de la procedencia de bonificar líquidos para la limpieza y mantención de lentes de contacto. Señala que su reglamento contempla bonificación por la adquisición de lentes ópticos, cuyo no es el caso; no obstante como está presente la mantención del buen estado de salud de la afiliada que impetró este beneficio estima que se trataría de una situación especial.

Al respecto, esta Superintendencia manifiesta que los líquidos destinados a la limpieza y mantención de lentes de contacto pueden ser bonificados como medicamentos de acuerdo al Nº 6 del artículo 16 de su reglamento, contenido en el D.S. Nº 180, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social siempre que su uso haya sido indicado por médico oftalmólogo. Ello, por cuanto su uso permite mantener la asepsia ocular

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
05/07/1996Dictamen 8134-1996Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744