Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3920-1989

.

Fecha: 16 de mayo de 1989

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: FONDO NACIONAL DE SALUD

Fuentes: D.S. Nº 124, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Comunico a usted que el 27 de abril del año en curso fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 124 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba las estimaciones presupuestarias del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para el año 1989.

De acuerdo con lo dispuesto en los Nºs. 2, 6, 7, 9 y 13 de dicho decreto, esta Superintendencia informa a usted acerca de los aportes que los organismos administrativos deberán efectuar a ese Servicio durante el presente año.

Para su mejor información se adjuntan dos cuadros, en el primero de ellos se detallan según organismos administradores, los aportes para atención médica e inspección, prevención de riesgos y rehabilitación de inválidos, establecidos en el artículo 21º de la Ley Nº 16.744. En el segundo, se señalan los aportes que cada organismo administrador debe efectuar a ese Servicio, para el financiamiento del Seguro Escolar de Accidentes de Trabajo.

ANOTACIONES
Anexos: Consultarlos en matriz del ordinario.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
01/07/1987Dictamen 3920-1987Licencias médicas D.S. Nº 3, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
TítuloDetalle
Artículo 21Ley 16.744, artículo 21