Fuentes: D.S. Nº 124, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Comunico a usted que el 27 de abril del año en curso fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 124 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba las estimaciones presupuestarias del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para el año 1989.
De acuerdo con lo dispuesto en los Nºs. 2, 6, 7, 9 y 13 de dicho decreto, esta Superintendencia informa a usted acerca de los aportes que los organismos administrativos deberán efectuar a ese Servicio durante el presente año.
Para su mejor información se adjuntan dos cuadros, en el primero de ellos se detallan según organismos administradores, los aportes para atención médica e inspección, prevención de riesgos y rehabilitación de inválidos, establecidos en el artículo 21º de la Ley Nº 16.744. En el segundo, se señalan los aportes que cada organismo administrador debe efectuar a ese Servicio, para el financiamiento del Seguro Escolar de Accidentes de Trabajo.
ANOTACIONES
Anexos: Consultarlos en matriz del ordinario.