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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3610-1987

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Fecha: 12 de junio de 1987

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: DPTO. BIENESTAR BANCO CENTRAL DE CHILE

Fuentes: D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Ese Departamento de Bienestar consulta a esta Superintendencia si, considerando que Caritas - Chile no se encuentra reconocida por el Ministerio de Educación Pública, procedía a no que se pagara asignación familiar por una hija que cursa estudios en dicha Entidad.
Al respecto, esta Superintendencia informa que el reconocimiento estatal de los cursos a que alude el artículo 3 letra b) del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, corresponde al Ministerio de Educación Pública, conforme a lo señalado en el artículo 26 del Reglamento del Sistema Único de Prestaciones Familiares, contenido en el D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Por lo tanto, los cursos de Caritas - Chile que no cuenten con dicho reconocimiento no habilitan a sus alumnos para causar el beneficio de asignación familiar

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
23/01/2006Dictamen 3610-2006Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744