Dictamen 211-1987
ESA CAJA DE COMPENSACION HA SOMETIDO A LA CONSIDERACION DE ESTA SUPERINTENDENCIA EL INFORME DE SU FISCALIA EN EL CUAL, EN SINTESIS, SE CONCLUYE QUE ATENDIDO QUE EL PAGO DE LA ASIGNACION MATERNAL SOLO SE HACE EXIGIBLE A PARTIR DEL QUINTO MES DE GESTACION, BASTARIA PARA ELLO QUE LA TRABAJADORA EMBARAZADA O EL TRABAJADOR POR SU CONYUGE EMBARAZADA CAUSANTE DE ASIGNACION FAMILIAR, SEGUN SEA EL CASO, TENGAN LA CALIDAD DE AFILIADOS DE ESA CAJA AL MOMENTO EN QUE LEGALMENTE PROCEDA INVOCAR DICHO BENEFICIO, SIENDO, POR ENDE, IRRELEVANTE EL HECHO QUE LA AFILIACION SE HAYA PRODUCIDO DESPUES DE LA CONCEPCION. AGREGA QUE IGUAL CRITERIO DEBE APLICARSE CUANDO EL BENEFICIARIO DE LA ASIGNACION MATERNAL ES BENEFICIARIO DE SUBSIDIO DE CESANTIA, ESTO ES, BASTARIA QUE EL BENEFICIARIO AL IMPETRAR DICHA ASIGNACION SEA CAUSANTE DE SUBSIDIO.
AL RESPECTO, ESTA SUPERINTENDENCIA CONCUERDA CON EL CRITERIO SUSTENTADO POR LA FISCALIA DE ESA C.C.A.F. EN EL ENTENDIDO QUE PARTE DE LA BASE DE ASIGNACION MATERNAL SE PAGARA EN FORMA RETROACTIVA INCLUYENDO EL PERIODO ANTERIOR A LA AFILIACION A ESA C.C.A.F., SIEMPRE Y CUANDO DURANTE EL LOS INTERESADOS HAYAN TENIDO LAS CALIDADES DE BENEFICIARIOS Y CAUSANTES DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL D.F.L. Nº 150, DE 1981, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.