Dictamen 6229-1986
El Señor Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la XII. Región ha recurrido a esta Superintendencia solicitando un pronunciamiento en relación a la procedencia de pagar una proporción del monto mínima imponible para las empleadas de casa particular en el caso que se conviniere con ese personal una jornada parcial de trabajo o se labore más de 30 días en el mes.
Sobre el particular, esta Superintendencia remite el antecedente indicado, ya que por tratarse de una materia de índole laboral compete su resolución a ese Servicio.
En todo caso, dadas las implicancias previsionales de lo que al respecto se resuelva, se solicita que se remita a este Organismo copia de su pronunciamiento