Dictamen 14073-1985
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Pueden extender recetas no sólo los médicos, sino que también los dentistas y las matronas.
En consecuencia, para que proceda la bonificación de un medicamento por parte de ese Bienestar deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a) que la sustancia recetada sea capaz de un efecto curativo y,
b) que haya sido recetada por un médico, un dentista o una matrona.