Dictamen 12401-1985
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Este Organismo cumple con manifestar que su Departamento Médico efectuó un estudio de los antecedentes del interesado, el que le permitió concluir que el "Asma bronquial extrínseca" que padece el trabajador de que se trata es una enfermedad de origen profesional, razón por la cual corresponde aplicar en su caso las disposiciones de la Ley Nº 16.744, que estableció el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Tal conclusión se fundamenta, a juicio del citado Departamento, en la clara relación causal existente, entre la exposición a partículas de harina experimentada por el interesado en sus labores de panificador y su asma bronquial.
Título | Detalle |
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Ley 16.744 | Ley 16.744 |