Dictamen 12392-1985
.
Este Organismo Fiscalizador se ha pronunciado acerca de la tasa de cotización adicional diferenciada que deben pagar las Agencias de Viajes, mediante oficios ordinario Nº 5459, de 1984 y 1940, de este año.
Este Organismo Fiscalizador se ha pronunciado acerca de la tasa de cotización adicional diferenciada que deben pagar las Agencias de Viajes, mediante oficios ordinario Nº 5459, de 1984 y 1940, de este año.