Dictamen 10049-1985
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Los trabajadores independientes afiliados al régimen de pensiones establecido por el D.L. Nº 3500, de 1980, y que no se han incorporado a las Isapres, tienen derecho a gozar del subsidio por incapacidad laboral que regula el D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Cabe señalar que los trabajadores independientes afectos a las Instituciones de Previsión del antiguo sistema a excepción de quienes imponen en tal calidad en el Servicio de Seguro Social y en otros grupos de imponentes que no es del caso mencionar por su reducido número- carecen del derecho a gozar de los subsidios de reposo preventivo y por incapacidad laboral que regula el D.F.L. Nº 44, de 1978
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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08/08/1996 | Dictamen 10049-1996 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Código Civil; Ley; Nº 18.469 | |
22/09/1995 | Dictamen 10049-1995 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744; Ley Nº 19.394 |