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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 7258-1984

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Fecha: 13 de septiembre de 1984

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA CAJA DE PREVISIÓN

Fuentes: Ley Nº 16.744

Concordancia con Oficios: Oficios Ords. Nºs 2671, de 1983; 5423, de 1984, todos de la Superintendencia de Seguridad Social


Esta Superintendencia, por Oficio Ordinario Nº5423, del presente año, concluyó, reiterando pronunciamientos anteriores emitidos al efecto, que los subsidios por incapacidad temporal de la ley Nº16.744 se determinan considerando como base de cálculo la remuneración imponible sin el incremento dispuesto por el artículo 2º del D.L Nº3.501, de 1980

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744