Dictamen 3532-1983
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Atendido a que el Servicio de Bienestar del Magisterio posee personalidad jurídica propia le es posible contratar a terceros, para cumplir con sus objetivos, cuales son proporcionar a sus afiliados y familiares asistencia médica, dental, social, económica y jurídica.
Celebrar un contrato de comodato del todo o parte de una parcela de su propiedad, no tiene por objeto cumplir con los fines propios de esa Entidad, así como tampoco contribuye indirectamente a su logro, como sería el caso de un arrendamiento que incrementará los recursos del Bienestar. No es procedente por lo expuesto, lo anterior
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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18/01/2007 | Dictamen 3532-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 | |
10/06/1987 | Dictamen 3532-1987 | Asignación familiar | D.L. N° 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |