Dictamen 2596-1981
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La pensión por invalidez dentro del régimen de la Caja de Empleados Particulares, podrá conceder imponentes que tengan tres años de imposiciones como mínimo y menos de sesenta y cinco años de edad. Se patrocina modificación legal con el objeto de suprimir el límite de edad para pensionarse por invalidez.
ANOTACIONES.
Ver oficio 343 16-2-1982, Modificado L. 18.048