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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1385-1981

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Fecha: 08 de junio de 1981

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA

Fuentes: D.L. Nº 307, de 1974


Los reintegros de asignación familiar deberían compensarse del respectivo giro que efectúa cada servicio, a fin de simplificar el movimiento presupuestario, tanto para esa tesorería como para el servicio de que se trate.

En cuanto a las cargas familiares de los subsidiados por cesantía de los servicios descentralizados que operaban a través de esa Tesorería, a partir del mes de marzo pasado operará directamente con el Fondo Único de Prestaciones Familiares.

En estudio situación de las asignaciones familiares del sector educación

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
10/01/2017Dictamen 1385-2017Accidente de trayectoAccidente de trayectoLey N° 16.744 y D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.