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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1823-1980

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Fecha: 03 de junio de 1980

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: SERVICIO NACIONAL DE SALUD

Fuentes: Ley Nº 16.744; D. Nº 313, de 1972, Previsión


Atendido que el Servicio Nacional de Salud no pudo otorgar a un escolar accidentado las prestaciones que dispone el Decreto 313, de 1972, en la forma y oportunidad que establece dicho cuerpo reglamentario procede que éste reembolse los gastos en que incurrió la familia del escolar al tener que recurrir a otro establecimiento hospitalario, en la medida que ellos se prueben fehacientemente y correspondan al tipo de prestaciones contemplados en el referido decreto, lo cual deberá ser calificado por el SNS.

ANOTACIONES
NOTA: Dictamen 3815 1979 Aplica

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
22/02/1990Dictamen 1823-1990Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744