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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1231-1980

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Fecha: 10 de abril de 1980

Tema: VARIOS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley N° 17.213; D.L. N° 603, de 1974


Deniega petición de condonación de las sumas que adeuda la ocurrente por concepto de subsidios de cesantía percibidos indebidamente y, teniendo presente las normas sobre sanciones que deben aplicarse a los imponentes que incurran en esa acción, resuelve que deberá reintegrar las sumas adeudadas en 10 mensualidades

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Varios

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