Dictamen 527-1980
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Aprueba acuerdo de esa Caja de mantener provisoriamente el Programa de Prestaciones Familiares en vigencia, hasta el 31-03-1980, disponiéndose que los nuevos beneficios y sus montos se fijarán definitivamente una vez que se tengan los antecedentes estadísticos y financieros que lo permitan, como resultado del Balance al 31-12-1979, en el entendido que el Programa que se ha aprobado es definitivo y que será modificado en el curso del presente año, según lo dispone el art. 7 del Decreto 94, de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.