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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 409-1980

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Fecha: 05 de febrero de 1980

Tema: CCAF

Destinatario: UNA CAJA DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión


Los acuerdos que adopten los Directorios de las Cajas de Compensación deben anotarse, en forma manuscrita, en un libro especial que se lleve al efecto, fundamentalmente, para facilitar la consulta y tener al día las determinaciones que se han tomado. El reglamento de Sala de esa Caja, deberá considerar esta circunstancia.

"ANOTACIONES":

Dictamen 2923 - 1979 - Aplica