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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1863-1979

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Fecha: 04 de julio de 1979

Tema: CCAF

Destinatario: UNA CAJA DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; Ley Nº 16.395


No se requiere acuerdo del Directorio de esa Caja para que el Presidente del Directorio pueda actuar en representación de ella, porque a él le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la Caja, de la Caja, de acuerdo con el art. 86 del DFL 42, de 1978. Tampoco puede el Directorio de la Caja conferir mandato al Gerente General para que actúe en representación de ese organismo, porque ese Directorio no tiene tal facultad sino que ella pertenece, como se ha dicho, a su Presidente. Por lo anterior declara ilegalidad de acuerdo que confiere mandato al Presidente y al Gerente General para vender un inmueble.