Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1588-1979

.

Fecha: 11 de junio de 1979

Tema: CCAF

Destinatario: UNA CAJA DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; D. Nº 640, de 1963, Previsión


Esa Caja solicita que se le conceda una suma de dinero con cargo al Fondo Unico de Prestaciones Familiares para financiar la construcción de un pabellón administrativo, cuyo costo pertenece a gastos de instalación propiamente tal; señala que en 1969, cuando inició actividades sólo se consideraron sus entradas brutas de 4 meses, en lugar de 12 como lo disponía el art 34 del Decreto 640, de 1963, para los efectos de calcular el 5% que podía invertir en gastos de instalación. De acuerdo con el art 43 del DFL 42, de 1978, las Cajas de Compensación tiene derecho al doble del aporte para gastos indicado en la misma norma, durante el primer año de operación; como dicha Caja no está en ese primer año, no tiene derecho al beneficio que pide. En todo caso, de acuerdo con el mismo art 43 del DFL 42, tiene derecho al reembolso de los gastos en que incurran al hacerse cargo de la administración de un nuevo régimen, con cargo al Fondo del régimen de que se trata. La situación del 1969, debió hacerse presente en su oportunidad.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
28/01/1999Dictamen 1588-1999Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744