Sistema único de prestaciones familiares. imparte instrucciones a las instituciones pagadoras de asignaciones familiares sobre la aplicación del artículo del d.f.l. n° 150, de 1981,del ministerio del trabajo y previsión social, para la formulación del presupuesto del año 2005.
.
Fecha: 15 de octubre de 2004
Materia: Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Instituciones Pagadoras de Asignaciones Familiares sobre la aplicación del Artículo del D.F.L. N° 150, de 1981,del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para la formulación del Presupuesto del año 2005.
Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR
Destinatario: Caja de Previsión; Instituciones Descentralizadas; Servicios de Salud; Universidades; Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744; Administradoras de Fondos de Pensiones (A.F.P.); Compañías de Seguro de Vida.
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Extracto: Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Instituciones Pagadoras de Asignaciones Familiares sobre la aplicación del Artículo del D.F.L. N° 150, de 1981,del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para la formulación del Presupuesto del año 2005.