Dictamen 205-1979
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El DFL 42, de 1978 constituye el Estatuto General de las Cajas de Compensación y los Estatutos particulares de cada una de ellas deben adecuarse a su normativa, lo que no significa que en estos últimos deban repetirse las normas del DFL sino que desarrollarlas para el caso específico de la Caja de que se trata. Los Estatutos de la Caja de Compensación xx deben reelaborarse porque son sólo una repetición del DFL 42. Además se incurren en ellos en diversos errores, tales como citar el DFL 245, de 1953 que ha sido derogado por los DL 97 de 1973 y 307, de 1974 y por el propio DFL 42 y otros que se especifican.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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10/01/1984 | Dictamen 205-1984 | Cajas de Compensación | D.F.L. Nº 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |