Dictamen 4281-1978
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Desestima reclamación de la ocurrente en contra de resolución del SERMENA que declaró el estado de su salud irrecuperable sin derecha a los beneficios del art. 128 del DFL 338, de 1960. El Departamento Médico de la Superintendencia ha examinado los antecedentes clínicos de la peticionaria y ha comprobado que su enfermedad, depresión endógena crónica, es de origen psiquiatrico y no cardiológico