Dictamen 3342-1978
.
Los alumnos de los cursos pre-universitarios de la Universidad no pueden ser invocados como causantes de asignación familiar en los términos previstos por el art. 3 de DL 307, de 1974, porque dichos cursos no son regulares ni corresponden a la enseñanza superior que imparte esa Universidad, según lo ha determinado el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas