Sistema único de prestaciones familiares. imparte instrucciones a las entidades que operen directamente con el fondo único de prestaciones familiares y subsidios de cesantía, con excepción de las cajas de previsión, las cajas de compensación de asignación familiar y el instituto de normalización previsional, sobre el presupuesto del ejercicio del año 2004.
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Fecha: 18 de febrero de 2004
Materia: Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Entidades que operen directamente con el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía, con excepción de las Cajas de Previsión, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar y el Instituto de Normalización Previsional, sobre el Presupuesto del Ejercicio del año 2004.
Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR
Destinatario: Instituciones Descentralizadas; Servicios de Salud; Universidades; Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744; Administradoras de Fondos de Pensiones (A.F.P.); Compañías de Seguro.
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 53, de 2003, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Extracto: Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Entidades que operen directamente con el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía, con excepción de las Cajas de Previsión, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar y el Instituto de Normalización Previsional, sobre el Presupuesto del Ejercicio del año 2004.