Dictamen 2426-1978
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Aprueba acuerdo de esa Mutualidad sobre aumento del bono por turnos nocturnos, días domingos y festivos que corresponde a parte de su personal, que había sido suspendido por esta Superintendencia.
Aclara que el beneficio referido se otorga al personal que no tiene derecho a horas extraordinarias por los turnos mencionados, porque su labor no sobrepasa las 48 horas semanales; que el personal beneficiado es el 18% del personal del Instituto y que su nuevo monto importa un mayor gasto del 0,59% de los ingresos totales de la Mutualidad.