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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1882-1978

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Fecha: 25 de mayo de 1978

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MUTUAL DE SEGURIDAD

Fuentes: Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744

Fecha: 25 de mayo de 1978

Materia: Seguro laboral (Ley 16.744)


Veta acuerdo de esa Mutualidad en que se dispone que los aportes que debe efectuar, de acuerdo con la ley 16744, se calcularán sobre los ingresos estimados y no sobre los ingresos reales; haciendo presente que la Superintendencia ya se pronunció sobre la misma materia y para la misma mutualidad por dictamen 760, de 1974, en el que señalo que los aportes al SSS y al SNS deben calcularse sobre la base del presupuesto consolidado de ingresos y gastos del seguro, efectuándose los ajustes al término de cada ejercicio anual.
En lo que respecta a la construcción de un Hospital, se hace presente que el acuerdo respectivo está suspendido en espera de mayores antecedentes, que solo han sido proporcionados con fecha 24-05-1978.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744

Legislación citada

Ley 16.744

Fiscalizados

Mutuales

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MutualesDictámenes SUSESO