Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 905-1978

.

Fecha: 13 de marzo de 1978

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: CORPORACION DE LA REFORMA AGRARIA

Fuentes: Ley N° 11.764; Ley N° 16.395; D. N° 65, de 1973, Previsión


La circunstancia de que el Reglamento de Bienestar del personal señala que corresponde a la Junta Directiva determinar los porcentajes de los beneficios que serán de cargo del Bienestar y el monto máximo a que puede ascender cada prestación, no significa que sobre la materia pueda discriminarse con un afiliado.
Por lo anterior se declara que es ilegal la resolución del Vicepresidente que otorga el 100% del gasto por concepto de hospitalización complementario del Programa Médico, porque tal prestación fue fijada en un 60% por resolución de aplicación general a todos los afiliados

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
09/04/1979Dictamen 905-1979Asignación familiar D.L. Nº 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión