Señala normas a las instituciones afectas al d.f.l. 39 para la aplicación del inc. 2° del art. 38 en aquellos casos que se cancela de inmediato el total del saldo de la deuda a plazo, en las compra-ventas efectuadas de conformidad con el citado cuerpo legal.
.
Fecha: 24 de agosto de 1963
Materia: Señala Normas a las Instituciones afectas al D.F.L. 39 para la aplicación del inc. 2° del Art. 38 en aquellos casos que se cancela de inmediato el Total del Saldo de la Deuda a Plazo, en las Compra-Ventas efectuadas de conformidad con el citado Cuerpo Legal.
Tema: VARIOS
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: D.F.L. N° 39, de 1959, del Ministerio de Hacienda.
Departamento(s): JURÍDICO
Extracto: Señala Normas a las Instituciones afectas al D.F.L. 39 para la aplicación del inc. 2° del Art. 38 en aquellos casos que se cancela de inmediato el Total del Saldo de la Deuda a Plazo, en las Compra-Ventas efectuadas de conformidad con el citado Cuerpo Legal.