Circular 830
Imparte instrucciones para la celebración de convenios con bancos, instituciones financieras y cajas de compensación de asignación familiar, sobre declaración y pago de cotizaciones, dividendos y otros, para el pago de prestaciones de seguridad social, como asimismo a aquellos que se celebren con entidades del estado o personas jurídicas de derecho público para el pago de beneficios, estableciendo la obligación de elevar el proyecto de convenio en consulta a esta superintendencia.
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Circular no aplicable a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 / Incluida en el Compendio
Circular no aplicable a las C.C.A.F. / Instrucciones incorporadas en el Compendio.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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11/03/1992 | Dictamen 2350-1992 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 17.322; Ley Nº 16.744 |