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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 1202

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Fecha: 22 de marzo de 1991

Materia: SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO UNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTIA, EXCEPTUANDO LAS CAJAS DE PREVISION, LAS CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR Y EL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL, SOBRE EL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO DEL AÑO 1991.

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: Instituciones Descentralizadas; Servicios de Salud; Universidades e Institutos Profesionales; Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744; Administradoras de Fondos de Pensiones (A.F.P.); Compañias de Seguros.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 93, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): ACTUARIAL

Concordancia con Circulares: 1046

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
27/03/1992Circular 1247Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES PAGADORAS DE SUBSIDIOS POR REPOSO HATERNAL Y PERMISO POR ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE 1 ANO, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL ANO 1992.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 62, de 1991, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, del 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
22/03/1991Circular 1201Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES PAGADORAS DE SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL Y PERMISO POR ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE 1 AÑO, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL AÑO 1991.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 93, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
28/02/1990Circular 1159Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES PAGADORAS DE SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL Y PERMISO POR ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE 1 AÑO, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL AÑO 1990.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 136, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/02/1990Circular 1157Asignación familiarSISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDÍOS DE CESANTÍA, EXCEPTUANDO LAS CAJAS DE PREVISIÓN, LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR Y EL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, SOBRE EL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO DEL AÑO 1990.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 136, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
26/05/1989Circular 1128Asignación familiarSISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, EXCEPTUANDO LAS CAJAS DE PREVISIÓN, LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR Y EL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1989.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 123, de 1988, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
26/05/1989Circular 1129Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES PAGADORAS DE SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL Y PERMISO POR ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE UN AÑO, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL AÑO 1989.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 123, de 1988, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
14/07/1987Circular 1046Asignación familiar - Seguro laboral (Ley 16.744)FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE GIRAN DE LAS CUENTAS CORRIENTES N°S. 901034-3,901501-9 Y 901721-6 DEL BANCO DEL ESTADO DE CHILE.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 16395