Fiscalizar que no exista un exceso de los días pagados por el subsidio prenatal (42), postnatal (84), permiso postnatal completo (84) y permiso postnatal media jornada (126). Además, fiscalizar que los días pagados en exceso en el prenatal se rebajaron en el postnatal en los casos que exista superposición (traslape) de días pagados por subsidios prenatal y posnatal.
El alcance de esta fiscalización se centra en la revisión y evaluación de los pagos realizados por concepto de subsidio prenatal (42 días), postnatal (84 días), permiso postnatal completo (84 días) y permiso postnatal media jornada (126 días). Además, se verifica que no haya un exceso en la cantidad de días pagados y que los días pagados en exceso en el prenatal se hayan rebajado correctamente en el postnatal en los casos de superposición.
Metodología general de la fiscalización
La metodología de trabajo consiste en revisar y evaluar los pagos efectuados por concepto de subsidio prenatal (42 días), postnatal (84 días), permiso postnatal completo (84 días) y permiso postnatal media jornada (126 días). Además, se verificará que no haya un exceso en la cantidad de días pagados y que los días pagados en exceso en el prenatal se hayan rebajado correctamente en el postnatal en los casos de superposición. Se plantea que esta fiscalización permitirá identificar posibles casos de exceso de días pagados en los subsidios prenatal y postnatal, así como verificar que los ajustes necesarios se hayan realizado adecuadamente en los casos de superposición de días pagados. El objetivo general es asegurar que los subsidios prenatal y postnatal se otorguen y paguen de acuerdo con la normativa vigente, sin exceder el número de días permitidos, y que se realicen los ajustes necesarios en los casos de superposición de días pagados. Para lograrlo, se revisarán y evaluarán la documentación y registros relacionados con los subsidios prenatal y postnatal para identificar posibles casos de exceso en el número de días pagados en ambos tipos de subsidios. Asimismo, se verificará que, en los casos de superposición de días pagados por subsidios prenatal y postnatal, se haya realizado el correspondiente ajuste y rebajo de días pagados en el postnatal, de acuerdo con la normativa aplicable. Se identificarán posibles irregularidades o incumplimientos en la gestión de los subsidios prenatal y postnatal y se proporcionarán recomendaciones específicas para corregirlas y mejorar la transparencia y la eficiencia en la administración de estos beneficios.