¿Se pueden aprobar solicitudes de afiliación al servicio de bienestar en reunión extraordinaria del Consejo Administrativo?
-
Sí, según la modificación que introdujo el Decreto Supremo N° 4, de 2013, al artículo 8° del Decreto Supremo N° 28 de 1994, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el Consejo Administrativo deberá pronunciarse sobre la solicitud de afiliación en la sesión ordinaria o extraordinaria siguiente a la fecha de la solicitud.