Quienes trabajen el fin de semana de elecciones, tendrán cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo si este ocurre entre su trabajo o casa y su local de votación
La Superintendencia de Seguridad Social refuerza el derecho a las prestaciones del Seguro Social de la Ley 16.744. En este sentido, si una persona que, por la naturaleza de sus funciones, deba trabajar los días 26 y 27 de octubre y sufre un accidente entre su hogar o trabajo y el local de votación, podrá ser considerado como un accidente de trabajo o de trayecto.
24 de octubre de 2024
En el marco de las elecciones regionales y municipales del próximo fin de semana en el que habrá dos días de votaciones, la Superintendencia de Seguridad Social ha instruido a los organismos administradores del Seguro de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744) y a las empresas con administración delegada, que los accidentes que pueda sufrir un trabajador o trabajadora en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación o el lugar de trabajo y su local de votación, podrán ser considerados como accidentes del trabajo.
El citado seguro operará en dos casos: cuando el trabajador o trabajadora que, encontrándose en su lugar de trabajo, acuda a su lugar de votación y sufra un accidente, podrá ser considerado accidente con ocasión del trabajo; mientras que, cuando en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, la persona realice una desviación o interrupción para acudir a su lugar de votación, y sufra un accidente, podrá ser considerado un accidente de trayecto.
Respecto de esta última situación, la superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, aclaró: "Concurrir a un lugar de votación para cumplir con la obligación de sufragar, no es un capricho del trabajador o trabajadora y corresponde a una obligación legalmente justificada, que permite que el accidente pueda ser calificado como laboral, cuando corresponda".
Cabe recordar que los organismos administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales son el Instituto de Seguridad Laboral y las mutualidades de empleadores: ACHS, Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo.