Dictamen 44912-2016
1.- El interesado se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando una revisión de las prestaciones médicas otorgadas por esa Mutual, a raíz del accidente ocurrido el 19/12/2014, en que presentó los diagnósticos de "Fractura expuesta de dedo anular izquierdo. Amputación interfalángica distal dedo anular. Lesión de nervios colaterales pulgar izquierdo". En especial reclama por el alta indicada en junio de 2015 y por la calidad de atención, porque persiste con molestias dolorosas en su extremidad superior izquierda y de orden sicológico, y estima que corresponderían a una agravación de sus secuelas.
Requerida al efecto, esa Mutualidad procedió a remitir los antecedentes respectivos. Señala en síntesis, que se ha brindado atenciones por las lesiones sufridas por el trabajador en el accidente laboral de diciembre de 2014, y que una vez concluidas las acciones terapéuticas y debido a la persistencia de sintomatología dolorosa en su extremidad superior izquierda, se evaluó incapacidad de ganancia, la que mediante resolución, de 17/09/2015, se fijó en 20%, por las secuelas de "Amputación dedo anular. Dolor muñón. Limitación de flexión de pulgar. Hipoestesia pulpejo, hipoestesia cara lateral antebrazo izquierdo". Agrega, que el interesado, ha continuado en controles médicos, constatándose, una complicación en su extremidad superior izquierda, con el diagnóstico de "Disfunción simpática refleja de mano", la que ha requerido ajustes analgésicos y manejo por especialistas del dolor. Además, señala que ha presentado cuadro de salud mental que ha requerido manejo con psicofármacos y controles con psiquiatría.
2.- Sobre el particular, este Organismo procedió al análisis de todos los antecedentes médicos del caso, concluyendo que las atenciones brindadas al trabajador en relación a las lesiones sufridas en el accidente en comento han sido oportunas y adecuadas, conforme a las características de la lesión presentada y su evolución. En efecto, el tratamiento otorgado por esa Entidad consideró distintas alternativas terapéuticas, las cuales fueron brindadas por un tiempo suficiente para el tipo de patología presentada; asimismo, finalizadas dichas acciones médicas, se efectuó evaluación de las secuelas por el accidente laboral en cuestión.
No obstante lo anterior, y frente al posible agravamiento de la sintomatología que presenta en su mano izquierda y de salud mental, se estima necesario realizar una nueva evaluación clínica especializada, a fin de determinar eventual agravación de secuelas y proceder a la revisión de la declaración de incapacidad por las lesiones sufridas en el accidente laboral del año 2014.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia instruye a esa Mutualidad para que proceda a realizar una evaluación clínica actualizada del interesado a fin de evaluar agravación de secuelas, otorgar las prestaciones médicas que correspondan y una vez concluidas éstas, proceder a la revisión de la declaración de incapacidad por las lesiones sufridas en el accidente laboral del año 2014, de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 16.744.
Título | Detalle |
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Ley 16.744 | Ley 16.744 |