Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Estructura de la SUSESO

Conozca el organigrama y las funciones de los principales departamentos de esta Superintendencia.

mini header7

Gabinete del Superintendente

  • Asesorar al Superintendente en el conocimiento y tramitación de su despacho, facilitando el normal desarrollo de las actividades atingentes al cargo.
  • Administrar y controlar la Agenda del Jefe de Servicio y efectuar las coordinaciones con las autoridades del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y de sus entidades relacionadas.
  • Supervisar y controlar la gestión institucional, especialmente el cumplimiento de los planes y programas de trabajo, evaluando permanentemente los indicadores de gestión y reportando acerca de sus resultados a los directivos superiores del Servicio.
  • Planificar, ejecutar y evaluar el Plan de Comunicaciones del Servicio, y e) Demás funciones que le encomiende el Superintendente.

Fiscalía

  • Proporcionar asesoría jurídica al Superintendente en relación a las diversas atribuciones y funciones que la Ley ha conferido a la Institución.
  • Asesorar y asumir las acciones y defensas de la Superintendencia en los juicios en que fuere parte o tuviera interés.
  • Visar documentos emanados de distintas instancias dentro de la Superintendencia, a requerimiento de la autoridad competente.
  • Mantener actualizado el Sistema de Información sobre jurisprudencia administrativa y normativa, emitida por la Superintendencia de Seguridad Social.
  • Asumir la subrogación del Superintendente en los casos de ausencia o impedimento.
  • Las demás funciones relacionadas que le encomiende el Jefe Superior del Servicio.

Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo

  • Asesorar al Superintendente en la supervigilancia, regulación, fiscalización y control integral de la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y otras materias relacionadas de competencia de la Superintendencia, debiendo proponer los proyectos de oficios, circulares y resoluciones que correspondan.
  • Elaborar proyectos de oficios recaídos en presentaciones, consultas, apelaciones y reclamos de trabajadores, pensionados, entidades empleadoras, organismos administradores y otras personas, ya sean naturales o jurídicas, en materias del Seguro de la Ley N° 16.744.
  • Sistematizar y proponer la estandarización de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo para lograr su uniformidad, efectuando revisiones periódicas.
  • Asesorar al Superintendente en la evaluación, diseño e implementación de la política pública en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo a que se refiere letra g) del artículo 2°, de la Ley 16.395.
  • Participar en la elaboración de estudios tendientes al perfeccionamiento del Seguro Social de la Ley N° 16.744 y de su reglamentación complementaria, en coordinación con la Unidad de Planificación y Desarrollo, cuando las circunstancias lo requieran.
  • Elaborar la Memoria Anual del Sistema Nacional de Seguridad y Salud Laboral.
  • Las demás funciones relacionadas que le encomiende el Superintendente.

Intendencia de Beneficios Sociales

  • Asesorar al Superintendente en la supervigilancia, regulación, fiscalización y control en relación a las diversas atribuciones y funciones que la ley le ha conferido a la Superintendencia, con excepción de aquellas asignadas para la Intendencia y Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Administrar y controlar los recursos destinados al pago de los beneficios financiados por el Fondo Único de Prestaciones Familiares y subsidios de cesantía del DFL N° 150, de 1981, del MINTRAB, y del Fondo Nacional de Subsidio Familiar y supervigilar el correcto otorgamiento y cálculo de los subsidios por incapacidad laboral de origen común y maternal.
  • Proponer proyectos de oficios recaídos en presentaciones, apelaciones y reclamos, no reguladas por el seguro social de la Ley N° 16.744.
  • Participar en la elaboración de estudios tendientes al perfeccionamiento de los diversos regímenes de competencia de esta área de gestión, en coordinación con la Unidad de Planificación y Desarrollo, cuando las circunstancias lo requieran.
  • Apoyar al Superintendente en el ejercicio de las funciones a que se refiere la Ley N° 20.585, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas.
  • Las demás funciones relacionadas que le encomiende el Jefe Superior del Servicio.

Departamento de Administración y Finanzas

  • Asesorar al Jefe de Servicio en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la Superintendencia de Seguridad Social, y en la posterior ejecución del mismo, de acuerdo a las directrices que emanan de la Ley de Presupuestos del Sector Público.
  • Gestionar, administrar, controlar y evaluar los recursos financiero-presupuestarios, humanos, tecnológicos, materiales, de servicios e inmuebles de cargo de la Superintendencia.
  • Proponer al Superintendente la Política de Recursos Humanos, en armonía con la legislación que regula a los funcionarios públicos.
  • Asesorar al Superintendente en los procesos de reclutamiento, selección, contratación, inducción, desarrollo, capacitación, evaluación de desempeño y desvinculación del recurso humano de la Superintendencia.
  • Mantener, bajo estricto estándares de seguridad, los sistemas informáticos, los equipos computacionales y el sistema de redes de la Superintendencia, y colaborar en la optimización de los procedimientos administrativos, con el apoyo del hardware y/o software que se estime necesario para el funcionamiento operativo del Servicio.
  • Las demás funciones que le encomiende el Superintendente, relacionadas con esta área de gestión.

Departamento de Asistencia y Servicios al Usuario

  • Gestionar, operar y controlar los procesos de atención y asistencia de usuarios en los canales presenciales, digitales y de atención remota, asegurando el cumplimiento de los estándares de servicio y de calidad establecidos por la Superintendencia, conforme a políticas internas y disposiciones legales vigentes, que permitan garantizar una entrega oportuna y completa de los servicios a los usuarios.
  • Coordinar y supervisar la correcta y oportuna tramitación de las presentaciones, apelaciones, reclamos, y solicitudes, especialmente aquéllas reguladas en las leyes Nos 20.285, sobre acceso a la información pública y 20.585, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas.
  • Efectuar análisis preliminar y asignar los expedientes a los diferentes Centros de Responsabilidad, elaborando estadísticas de las operaciones realizadas.
  • Gestionar el proceso de registro y despacho interno y externo de la documentación y correspondencia oficial del Servicio; como asimismo administrar y custodiar los expedientes y la documentación oficial de la Superintendencia.
  • Elaborar y difundir, en el ámbito del contencioso administrativo, informes periódicos de morosidades de entidades fiscalizadas y efectuar reiteraciones, bajo apercibimiento del artículo 57° de la Ley 16.395, cuando las circunstancias lo ameriten. Asimismo, corresponderá al Departamento efectuar acciones de fiscalización de cumplimiento de dictámenes.
  • Ejercer las funciones de Ministro de Fe del Servicio.
  • Las demás funciones y tareas que le encomiende el Superintendente, relacionadas con esta área de gestión.

Departamento de Tecnología y Operaciones

  • Diseñar, desarrollar e implementar los sistemas de información que sean necesarios para el apoyo en el cumplimiento de las funciones de la Superintendencia.
  • Administrar, gestionar y mantener actualizados los sistemas de información con que cuenta la Superintendencia.
  • Proveer una estructura centralizada para el tratamiento global, integral y transversal de los datos que emanan de los sistemas de información con que cuenta la Superintendencia.
  • Generar estándares de calidad en lo relacionado con la implementación de sistemas de información (interoperabilidad, adaptabilidad, flexibilidad, seguridad, escalabilidad) y en desarrollo de la plataforma tecnológica de la Superintendencia; y velar por su debido cumplimiento.
  • Proponer medidas que sean necesarias para lograr que la Superintendencia cumpla con estándares de vanguardia en materia de tecnologías de la información.
  • Las demás funciones que le encomiende el Superintendente, relacionadas con esta área de gestión.

Unidad de Auditoría Interna

  • Elaborar y proponer al Superintendente, para su aprobación, el Plan de Auditoría Anual de la Institución.
  • Verificar el funcionamiento de los sistemas de control interno y la adecuación y efectividad de los procesos y procedimientos respectivos, mediante una permanente coordinación con todas las unidades de la Superintendencia, estableciendo recomendaciones y seguimiento de las mismas, debiendo informar oportunamente al Superintendente acerca de sus resultados.
  • Efectuar la coordinación oficial entre la Superintendencia de Seguridad Social y el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, la Unidad de Auditoría Interna Ministerial y la Contraloría General de la República, sin perjuicio de las atribuciones legales del ente contralor para requerir informes directamente al Superintendente.
  • Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas, emanadas de los informes de auditoría aprobadas por la autoridad.
  • Las demás funciones que le encomiende el Superintendente, relacionadas con esta área de gestión.

Servicio de Bienestar

  • Contribuir al bienestar del afiliado y sus causantes de asignación familiar, cooperando a su adaptación al medio y a la elevación de sus condiciones de vida.