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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 60683-2016

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Fecha: 27 de octubre de 2016

Tema: LICENCIAS MÉDICAS,SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: ABOGADO ISAPRE BANMÉDICA

Observación: Un trabajador que se encuentra haciendo uso de licencia médica, es posteriormente detenido y privado de libertad, tiene derecho a presentar licencias médicas continuadas. Dentro de los recintos penitenciarios existen presos que realizan trabajo dependiente para algunas empresas, o como independientes, los que pueden presentar licencia médica si se ven temporalmente afectados de una incapacidad laboral.

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Resolución Autorización rechazo privación de libertad

Fuentes: D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.


1.- Mediante presentación de 23/09/2016, el interesado en representación de la ISAPRE Banmédica, solicita que esta Superintendencia se pronuncie sobre procedencia de autorizar licencias médicas a un afiliado quien se encuentra privado de libertad y cuyo domicilio de cumplimiento del reposo es la enfermería de la cárcel de Curicó.

Señala que el afiliado comenzó a presentar licencias médicas con motivo de su detención por la Ley Emilia, ya que atropelló y dio muerte a dos personas con resultado de muerte, incidente en el que resultó con fractura de fémur.

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que cuando un trabajador se encuentra detenido, no tiene que justificar ausencia laboral ni tiene remuneración que reemplazar, puesto que se encuentra privado de su libertad por una orden de autoridad que le impide concurrir a trabajar, por lo que no procede que inicie período de licencia médica.

En cambio, cuando un trabajador que se encuentra haciendo uso de licencia médica, es posteriormente detenido y privado de libertad, tiene derecho a presentar licencias médicas continuadas, es decir, otorgadas sin solución de continuidad y por el mismo diagnóstico de que hacía uso desde antes de la privación de libertad. Por ejemplo, trabajador que estando con licencia médica es detenido por unan orden de detención en juicio de alimentos, o por un delito o falta cometida en una época anterior a las licencias médicas. Tales licencias médicas, pueden ser autorizadas si se justifican médicamente.

En todo caso, aun estando con licencia médica desde antes de ser privado de libertad, las licencias médicas se pueden rechazar por otras causales de rechazo establecidas en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, como por ejemplo, incumplimiento del reposo, como sería la situación de realizar un delito o falta estando con licencia médica, por la que es justamente detenido.

Finalmente, se debe hacer presente que dentro de los recintos penitenciarios existen presos que realizan trabajo dependiente para algunas empresas, los que pueden presentar licencia médica si se ven temporalmente afectados de una incapacidad laboral. Asimismo, sin un preso realiza una labor independiente dentro de la cárcel por la que percibe ingresos y cotiza para salud, puede presentar licencia médica si se incapacita temporalmente para trabajar.

3.- Por tanto, en el caso del interesado, la fractura de fémur por la que se le han otorgado licencias médicas se produjo en la comisión del delito por el que fue detenido, por lo que no corresponde que se le autoricen licencias médicas.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
20/11/2009Dictamen 60683-2009Asignación familiarDocumentos - ProcedimientoLey Nº 20.326