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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 18517-2015

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Fecha: 24 de marzo de 2015

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Resolución Rechazo Causales De orden jurídico administrativo Incumplimiento del reposo realización de trabajos remunerados o no

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.


1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la COMPIN, que rechazó la licencia médica N°22, extendida por 30 días de reposo, a contar del 10 de diciembre de 2014, por incumplimiento de reposo.

Expone que se le rechazó su licencia médica por incumplimiento de reposo luego de ser denunciada por estar "participando de una fiesta de la cerveza", actividad donde uno de los locatarios era su pareja y lo acompañó.

Acompaña a su presentación, entre otros documentos, una carta explicativa, la copia de la licencia médica reclamada y la notificación del rechazo de la citada Comisión por incumplimiento de reposo.

2.- Requerida al efecto, la referida Comisión junto con remitir los antecedentes respectivos, informó que durante la vigencia de su reposo usted se encontraba en una actividad que fue cubierta por los medios. De lo anterior existe constancia en una publicación efectuada por un diario donde se menciona su nombre completo y que se acompaña al efecto.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que conforme a lo dispuesto por la letra a) del artículo 55 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, corresponderá el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica; sin embargo, no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser comprobada.

En la especie, consta que durante la vigencia del reposo otorgado por la licencia médica N° 22, extendida por 30 días de reposo, a contar del 10 de diciembre de 2014, usted se encontraba participando en la fiesta de la cerveza local, razón por la cual procede el rechazo de la licencia médica reclamada por incumplimiento de reposo.

4.- Por tanto, se confirma lo resuelto por la COMPIN, en orden a rechazar la licencia médica N° 22, por la causal de incumplimiento de reposo.