Dictamen 8710-2010
1. Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Resolución Exenta N° 13888, de la COMPIN Región Metropolitana Centro, mediante el cual instruye autorizar la licencia médica N° 27606817, otorgada a don, por 15 días a contar de 1 de junio de 2009.
Requerida al efecto la referida COMPIN, envió los antecedentes solicitados.
2. Sobre el particular, el Departamento Médico de este organismo procedió a revisar los antecedentes del caso, concluyendo que la incapacidad del señor Orellana durante el período cubierto por la licencia médica en cuestión fue justificada mediante informe médico. Este documento se consideró suficiente para acreditar incapacidad laboral inicial, reposo que fuera reducido sin mediar peritaje oportuno. En efecto el peritaje de la ISAPRE fue solicitado con posterioridad al rechazo efectuado por esa institución.
3. En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia dictamina rechazar la reclamación de esa ISAPRE, manteniendo a firme lo resuelto por la COMPIN